Cuando cesa la actividad por la cual se inscribió en el impuesto, el contribuyente debe realizar la baja. Para realizar el trámite el contribuyente debe:
1- Tener cancelados todos los anticipos, hasta la fecha del cese de actividad.
2- Presentar una nota solicitando la baja en el Departamento de Ingresos Brutos, donde conste la fecha desde la cual ya no ejerce dicha actividad.
3- Presentar constancia de movimientos (talonarios de facturas, copias o libro de IVA) de los últimos tres meses activos.
*ACLARACIÓN: Los días de vencimiento del impuesto no se realizan inscripciones, bajas, planes de pago ni otro trámite que no sea el cobro del citado impuesto.