ENTE REGULADOR SERVICIOS PUBLICOS – RADA TILLY
(Autoridad de Aplicación creada por Ordenanza Municipal N° 1211/97)
En virtud del aumento del precio del metro cúbico de agua potable, determinado por el Gobierno de la Provincia del Chubut a partir del mes de Mayo de 2023, paritarias salariales primer semestre año 2023, incrementos en los valores asociados a la prestación del servicio y en un todo de acuerdo a las atribuciones y deberes conferidos por las Ordenanza N° 1211/97 y 1344/99, Ley Provincial N° 4291, se informa :
CUADRO TARIFARIO
SERVICIO DE DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE
CARGO FIJO a aplicar escalonado en dos bimestres.
CATEGORIA A (Residencial): $ 6.436,00
CATEGORIA B (Comercial): $ 10.297,60
CATEGORIA C (Medidores sin consumo): $ 5.148,80
CATEGORIA D (Baldios): $ 4.505,20
CATEGORIA E (Jubilados y pensionados): 50 % Categoría correspondiente
CONSUMO MENSUAL VALOR DEL M3 a aplicar escalonado en 3 bimestres.
CATEGORIA A:
Residenciales 1 hasta 20 m3: $ 227,00
Residenciales 2 hasta 30 m3: $ 230,41
Residenciales 3 hasta 50 m3: $ 233,81
Residenciales 4 hasta 100 m3: $ 237,22
Residenciales 5 más de 100 m3: 240,62
CATEGORIA E:
Jubilados y Pensionados hasta 20 m3: $ 113,50
Jubilados y pensionados más de 20 m3: $ 115,20
CATEGORIA B:
Comerciales hasta 50 m3: $ 233,81
Comerciales más de 50 m3: $ 240,62
Los valores no incluyen IVA
Ordenanza N° 1211/97 (Art.15°) “ La tarifa de los servicios que apruebe el organismo de aplicación será dada a publicidad por el término de CINCO (5) días en los medios de comunicación y difusión de la zona. Si pasados DIEZ (10) días desde la última publicación aquella no fuere recurrida, entrará en vigencia con efecto retroactivo a la fecha de su aprobación. El Recurso podrá ser entablado ante el Departamento Ejecutivo Municipal por el concesionario o por cualquier usuario que acredite la condición de tal, dentro de los DIEZ (10) días posteriores a la última publicación y deberá estar obligatoriamente fundado bajo pena de ser declarado inadmisible….”
ENTE REGULADOR SERVICIOS PUBLICOS RADA TILLY
Autoridad de Aplicación creada por Ordenanza Municipal N° 1211/97
En un todo de acuerdo a las atribuciones y deberes conferidos por las Ordenanza N° 1211/97 y 1344/99, Ley Provincial N° 4291, informa:
SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO PLANTA TRATAMIENTO y REDES CLOACALES
CUADRO TARIFARIO
Categoría A (Residencial): $ 6217.88
Categoría B (Comercial): $ 9326.82
Categoría C (Jubilados ): $ 3108.94
Categoría D (Baldíos ): $ 1865.37
Ordenanza N° 1211/97 (Art.15°) “ La tarifa de los servicios que apruebe el organismo de aplicación será dada a publicidad por el término de CINCO (5) días en los medios de comunicación y difusión de la zona. Si pasados DIEZ (10) días desde la última publicación aquella no fuere recurrida, entrará en vigencia con efecto retroactivo a la fecha de su aprobación. El Recurso podrá ser entablado ante el Departamento Ejecutivo Municipal por el concesionario o por cualquier usuario que acredite la condición de tal, dentro de los DIEZ (10) días posteriores a la última publicación y deberá estar obligatoriamente fundado bajo pena de ser declarado inadmisible….”